Oficina de Planificación y Ordenación Territorial

Misión:

La Oficina de Planificación y Ordenación Territorial tiene como misión guiar el desarrollo integral del Municipio de San Juan de modo coordinado, adecuado, económico, el cual, de acuerdo con las actuales y futuras necesidades sociales y los recursos humanos, ambientales, físicos y económicos, hubiere de fomentar en la mejor forma la salud, la seguridad, el orden, la convivencia, la prosperidad, la defensa, la cultura, la solidez económica y el bienestar general de los actuales y futuros habitantes, y aquella eficiencia, economía y bienestar social en el proceso de desarrollo, en la distribución de población, en el uso de las tierras y otros recursos naturales, y en las mejoras públicas que tiendan a crear condiciones favorables para que la sociedad pueda desarrollarse integralmente.

Funciones específicas de OPOT

  1. Preparar y revisar Planes de Ordenación y sus enmiendas y efectuar todas las actividades necesarias para la eficaz ejecución de estos procesos.
  2. Evaluar y hacer determinaciones sobre Enmiendas a los Mapas de Calificación.
  3. Celebrar Vistas Públicas de naturaleza diversa cumpliendo con los requisitos de ley y efectuar todas las actividades incidentales a las mismas.
  4. Ofrecer asesoramiento técnico a las Juntas de Comunidad para que cumplan adecuadamente con sus deberes.
  5. Evaluar las consultas de ubicación, de transacción y consultas ambientales.
  6. Elaborar, supervisar e implantar el Programa de Transferencia de Derechos de Desarrollo.
  7. Clarificar e interpretar las disposiciones de los Reglamentos de Planificación y Ordenación en casos de dudas o conflictos mediante resolución al efecto.
  8. Formar parte del Comité de Permisos para la evaluación de las distintas autorizaciones o permisos que requieran variaciones de construcción o de instalación de rótulos y anuncios, excepciones, o determinaciones sobre usos o estructuras no conformes legales.
  9. Ejercer todas las facultades y poderes de la Junta de Planificación y de cualquier otra agencia relacionada con la ordenación territorial que le sean delegadas al Municipio, y todas las Facultades legales que tienen dichas agencias para promover el cumplimiento e implantación de la reglamentación vigente sobre el uso del suelo e instar los recursos legales concernidos para atender, denunciar, procesar y resolver las querellas sobre las violaciones de uso y construcción relacionadas con las facultades o competencias transferidas.
  10. Supervisar, elaborar y aprobar los planes de rehabilitación de los centros urbanos; y aprobar y certificar los proyectos de rehabilitación que se sometan a la consideración de la Oficina, en armonía con la ley Número 212 del 29 de agosto de 2002. según enmendada, conocida como “Ley para la Revitalización de los centros Urbanos”.
  11. Brindar y proveer multiples niveles de información geográfica (GIS) dentro del ambito del MSJ.
  12. Proveer datos estadísticos y socioeconómicos del MSJ.